Encargo Fiduciario Escrow

Esquema no fiduciario que permite a clientes Fideicomitentes, realizar encargos y/o mandatos fiduciarios conducentes al cumplimiento de una condición dada. No contempla el traspaso de la propiedad del bien, pero si la representatividad, mediante poder especial, para la gestión que se desea cumpla el Fiduciario.

  • Objetivo:

Intermediar una negociación, transacción y/o conflicto entre dos o más partes intervinientes.

  • Dirigido a:

Personas naturales o jurídicas, asociaciones de diversa índole o instituciones de gobierno.

  • Ventajas:
    • Se puede contar con un Agente Fiduciario sin requerir el traspaso de un activo en propiedad fiduciaria.
    • Generación de confianza en la negociación y formalización de acuerdos de diversa índole entre las partes.
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