ACCIDENTES PERSONALES FAMILIARES
Coberturas básicas
- Muerte accidental
- Incapacidad total o permanente por accidente: si a consecuencia de un accidente quedara con una incapacidad de carácter permanente, la compañía pagara la suma correspondiente, basándose en la tabla de indemnizaciones contenida en las Condiciones Generales de su póliza.
- Reembolso de gastos médicos por accidente: la compañía reembolsara los honorarios y gastos médicos que fueren necesarios hasta por el máximo de un 20% de la suma asegurada de la cobertura básica.
Coberturas opcionales
- Cobertura adicional para manejar o viajar como pasajero en motocicletas.
Información General:
- Todo hijo que nazca durante la vigencia de la póliza será amparado gratuitamente después de tres meses de nacido y hasta el vencimiento de la póliza, a partir de la renovación de le cobrara la prima correspondiente al nuevo año de cobertura.
- Como familia se entiende únicamente al padre, madre e hijos.
- Edades de admisión: Padre y madre: 18 a 70 años, hijos de 3 meses a 18 años y hasta los 21 si son solteros o dependientes económicamente de sus padres.
- La suma del cónyuge es igual a la del asegurado principal.
La suma asegurada de los hijos es de:
Muerte accidental | 25 % de la suma asegurada principal |
Incapacidad | 50% de la suma principal |
Reembolso de gastos médicos | 30% de la suma asegurada de gastos médicos del principal asegurado |
Requisitos del aseguramiento:
- Fotocopia de Cedula de identidad y/o cedula de residencia y/o pasaporte del pagador presentar en original
- Completar y firmar solicitud para seguro
- Completar y firmar el tipo de autorización de pago.
Cotiza Aquí