Con las cuentas de cheques de Banco LAFISE, Usted podrá girar y cobrar sus cheques en todas las agencias a Nivel Nacional.
Es un producto dirigido a personas Naturales y Jurídicas, y se encuentra disponible en moneda Lempiras y Dólares.
Generalidades de la cuenta de cheques:
- La Cuenta de Cheques puede ser Individual o Mancomunada, debiendo especificar el número de firmas requeridas para girar cheques.
- Los Cheques pueden ser Nominativos o al Portador, se consideran Nominativos cuando en él se consigna el nombre del beneficiario, al Portador cuando en él no se indique a favor de quien se expide, por seguridad, el Banco siempre Certificará al último tenedor o endosante.
- El cheque será pagadero siempre a la vista. El cheque posfechado será pagadero a su presentación.
- Todo cambio de Firmas que el cliente requiera deberá ser notificado por escrito al Banco.
- Las Cuentas de Cheques estarán reguladas por las condiciones estipuladas en el Contrato y Solicitud de Apertura de la Cuenta, como también las establecidas por el Banco Central de Honduras.
Beneficios:
- Minimizar riesgos de traslado y entrega de efectivo al hacer cualquier transacción.
- Disponibilidad de Sobregiros.
- Disponibilidad de Líneas de Créditos.
- Atractivas Tasa de Interés.
- Disponibilidad de Tarjetas de Debito.
- Acceso a nuestra Sucursal Electrónica Banc@Net.
Requisitos de Apertura
Personas naturales:
- Tarjeta de Identidad y Registro Tributario Nacional (R.T.N. numérico).
- Extranjeros presentar Pasaporte o Carnet de Residente.
- Monto mínimo de apertura L. 2,000.00.
- El cliente deberá firmar contrato, Convenio y Solicitud de Emisión de Chequeras (Lempiras y Dólares).
- Presentar Referencias Comerciales y Bancarias, las cuales serán confirmadas por el Banco.
- Llenar solicitud de Apertura de la Cuenta.
- Registro de Firmas.
- Presentar fotocopia de recibo de Pago de Servicios Públicos.
Personas jurídicas:
- Fotocopia de Escritura de Constitución de la Sociedad o de la Personería Jurídica.
- Fotocopia de R.T.N. ampliada en un 122%.
- Presentar Tarjeta de Identidad de las personas autorizadas para firmar.
- Pasaporte o Carnet de Residente si fueran extranjeros.
- Copia de la Certificación del Punto de Acta o Autorización del Consejo de Administración donde se acordó la apertura de la cuenta de Cheques en caso que la Escritura Social así lo manifieste.
- Nota de Integración de su Junta Directiva en funciones debidamente protocolizadas.
- Copia del Poder General de él o de los firmantes.
- Copia del Poder con que actúa el Representante Legal.
- Presentar Referencias Comerciales o Bancarias, las cuales serán confirmadas por el Banco.