COLECTIVO DE VIDA Y ACCIDENTES PERSONALES
Cobertura:
- Cobertura Básica: Muerte por cualquier causa
- Doble indemnización por muerte accidental: cuando el asegurado falleciere a consecuencias de un accidente, la compañía pagara a sus beneficiarios una suma adicionañl igual a la que corresponde por la cobertura básica.
- Incapacidad Total y Permanente por accidente: Si a consecuencia de un accidente quedara con una incapacidad de carácter permanente, la compañía pagará la suma correspondiente, basándose en la tabla de indemnizaciones.
- Reembolso de Gastos Médicos por accidente: La compañía reembolsará los honorarios y gastos médicos que fueren necesarios hasta por el máximo de un 10 ó 20% de la suma asegurada de la cobertura básica, según lo convenido con el cliente.
Información General
Coberturas Opcionales (sujetas a cobro de prima adicional)
- Cobertura Adicional para manejar o viajar como pasajero en Motocicletas
Otras Actividades excluidas que sólo pueden cubrirse por convenio
- Viaje en aeronaves que no pertenezcan a una línea comercial.
- Viaje como piloto o miembro de la tripulación en cualquier aeronave.
- Viaje como piloto o pasajero en algún vehículo de carreras, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad.
- Pesca a más de 5 Km de la costa. Información General
Información General
Edades de Admisión:
- Muerte: De 15 a los 76 años.
- Incapacidad total y permanente: De 15 a 69 años.
- Reembolso de gastos médicos: De 15 a 69 años.
Cotiza Aquí